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Distrito Notarial de Bagà (Barcelona, España)

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Área de Identificación

Tipo de entidad: Institución

Subelemento: Sin determinar

Forma autorizada del nombre: Distrito Notarial de Bagà (Barcelona, España)

Forma(s) paralela(s) del nombre:

Forma(s) normalizada(s) del nombre segun otras reglas:

Otra(s) forma(s) del nombre:

  • Notarios de Bagá (Barcelona, España)

Área de Descripción

Fecha de existencia: 1395

Lugar(es):

Función/ocupación(es):

Estatuto Jurídico:

Atribución(es)/Fuente(s) legal(es):

Ley Orgánica del Notariado de 28 de mayo de 1862. Reglamento notarial, por decreto de 2 de junio de 1944.

Historia:

Pocas corporaciones profesionales cuentan con una tradición tan remota en el tiempo y, a la vez, tan arraigada en el país como la notarial. Tradicionalmente, se ha considerado como fecha fundacional del Colegio de Notarios Públicos de la ciudad de Barcelona el 1395, año de concesión del privilegio de Joan I, en el que, entre otras facultades, concedía a los notarios la de reunirse, resolver asuntos corporativos o reglamentar sobre ellos. Sin embargo, esta agrupación colegial, que comprendía sólo Barcelona, no recibe explícitamente el nombre de Colegio. Normativa posterior, emanada tanto de la Corona como del poder municipal, fue perfilando la institución.En esta línea, parece que el primer documento que recoge el término explícito de Colegio, si bien en el sentido de agrupación o reunión de notarios, es el texto de las ordenaciones promulgadas por los consejeros de la ciudad, en noviembre de 1416, que regulaban por completo la organización del Colegio y la función notarial en general. En Barcelona, además del Colegio de Notarios Públicos (1395) y el de Notarios Reales (1412 y 1544), había otros Colegios, como el de notarios causídicos, actualmente Colegio de Procuradores. Pero siempre se referían a Barcelona. Y ello reforzado por el hecho de que, en muchos sitios, como Perpiñán, Cervera, Vic o Lleida, se organizaron diferentes Colegios Notariales, con una trayectoria histórica diversa, según el régimen y la distribución local de los poderes públicos de los que emanaba la autoridad notarial. La ingente tarea legislativa del siglo XIX afectó también esta cuestión. Se unifican entonces los diferentes cuerpos y tipos de notarios (por ejemplo, los dos Colegios de Barcelona lo hicieron el 25 de junio de 1852, si bien este Colegio resultante nacía con los días contados, dada la inminencia de la aprobación de la Ley de 1862), pierden vigor los Colegios de otros sitios y, después de todo un imbricado proceso, se llega a la promulgación de la Ley Orgánica del Notariado de 28 de mayo de 1862. Con su carácter uniformizador, la Ley del Notariado determinaba la creación de quince Colegios en todo el reino, con una demarcación territorial equivalente a las Audiencias. Por tanto, debe concluirse que el nuevo Colegio tomó el nombre que recibía la Audiencia y se denominó Colegio Territorial de Barcelona, al mismo tiempo que abrazaba, evidentemente, el territorio de las ya antiguas Audiencias. Y en la primera reunión, el 10 de junio de 1862, se procedió a la unificación de todos los Colegios Notariales que entonces había en Cataluña: Lleida, Tarragona, Tortosa, Vic, Girona, Castelló d""Empúries y Figueres.A principios del siglo XX, el Colegio Notarial de Barcelona fue objeto de algunas transformaciones dentro del ámbito institucional. Como más remarcable, debemos hablar del proceso desintegrador general en todo el Estado, al dictado de la normativa de la Dirección General. Y un hecho clave fue la transformación de los Colegios territoriales en provinciales, decretada el 26 de febrero de 1903 y que perduraría hasta el 1906. Este hecho, que comportó la creación en Cataluña de los Colegios de Girona, Lleida y Tarragona, provocó, además del desacuerdo de los profesionales del sector, complicaciones de tipo jurídico. Por ejemplo, la titularidad de la sede colegial de Barcelona, sobre la que ahora los otros Colegios reclaman la copropiedad. Sólo la prudencia y el tacto de las Juntas Directivas de estos años ayudaron a salvar el escollo. En último lugar, debe anotarse que durante algunos años de la Segunda República, concretamente de 1932 a 1938, el Colegio se denominó Colegio Notarial de Cataluña. Este cambio de nombre se aprobó en Junta general celebrada el 4 de julio de 1932, y se expresó dentro de las ""Bases para la organización y régimen del Notariado en Cataluña, que correspondiendo a la invitación de la Generalitat somete a ésta el Colegio Notarial de Barcelona"", y fue reforzada por la aprobación del Estatuto del mismo año. Después de la última conflagración bélica, en 1939, el Colegio volvió a su denominación anterior de ""Colegio Notarial de Barcelona"", y ello hasta el cambio reciente de denominación por Orden de 5 de diciembre de 1997, publicada el 21 de enero de 1998. En la actualidad, reúne un total de 510 notarías de toda la Comunidad Autónoma, distribuidas del siguiente modo: 349 en la provincia de Barcelona (144 en la capital), 61 en la de Girona, 35 en la de Lleida y 65 en la de Tarragona. Sus órganos directivos, consultivos y asesores, como también sus funciones, servicios y actividades se describen en las páginas siguientes.

Estructura(s) interna(s)/Genealogía:

Área de Relaciones con Otros Registros de Autoridad

Área de Control

Identificador del registro de autoridad:   ES28079MCU965

Identificador(es) de la institución 

  • Archivo de la Corona de Aragón   ES08019ACA

Reglas y/o convenciones:  

Nivel de detalle:   Sin determinar

Estado de elaboración:   Finalizado

Lengua(s):  

Escritura(s):   

Fuente(s):   

  • www.colnotcat.es

Notas de mantenimiento:  

Relaciones con otras Entidades

Relaciones con otras Materias

Relaciones con otros Recursos



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